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Sobre el accidente con el McLaren en la Abraham Lincoln ¿a quién le correspondería la sanción?

En la colisión un hombre de 70 años resultó herido

Documentación del carro de alta gama muestra que fue vendido el mismo día del accidente

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Sobre el accidente con el McLaren en la Abraham Lincoln ¿a quién le correspondería la sanción?
Curiosos observan el accidente ocurrido el jueves 26 de agosto de 2021 en la avenida Abraham Lincoln, en el que un hombre de 70 años resultó herido. (ARCHIVO)

La noche del pasado jueves un hombre de 70 años de edad resultó gravemente herido por el impacto que sufrió su carro por otro de alta gama, un McLaren modelo 570s del 2017, en la avenida Abraham Lincoln, esquina Max Henríquez, en el sector Piantini.

El señor fue ingresado en una unidad de cuidados intensivos del hospital más cercanos por las lesiones que sufrió.

Un video y testigos de la colisión la atribuyen a la manera temeraria en la que iba el costoso carro supuestamente conducido por una persona que trabaja como chofer del dueño, el que iba a su lado, según la versión de este último.

A seis días del choque, la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) todavía no concluye la investigación del trágico hecho e informó que agotó “las diligencias pertinentes para la determinación de los pormenores de lo ocurrido, cuyo informe será remitido al Ministerio Público para los fines legales”.

El McLaren, negro y placa Z006172, aparece registrado en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a nombre del exdiputado por tres períodos en el Congreso, Pablo Inocencio Santana Díaz.

El legislador afirmó a Diario Libre que vendió la exoneración que le correspondía como legislador al dealer Autohaus, a cuya empresa compró el carro otro hombre que dice no ser el propietario actualmente. El último período del congresista fue de 2006 al 2010.

Fiscal explica las responsabilidades

Un fiscal que trabajó en la unidad de tránsito del Ministerio Público aclaró a Diario Libre que al exdiputado Pablo Inocencio Santana Díaz no le corresponde ninguna responsabilidad por el accidente si este demuestra que, efectivamente, vendió el privilegio que se le otorgó para importar el auto de lujo.

“Ya él (el diputado) está descartado penal y civilmente”, explica el fiscal Wellington Matos.

Sostuvo que al que le corresponde la sanción penal es a quien conducía el vehículo, mientras que civilmente, o sea pagar con su patrimonio, en el mismo proceso de una posible acusación de la víctima es al dueño del McLaren.

En una conversación con Diario Libre, Oscar Molina (Oscarín), de 25 años, su dueño, aseguró que quien conducía el vehículo en el momento del accidente, que se produjo a las 11:36 de la noche, era su chofer, de nombre Daniel Martínez.

Molina negó que el automóvil circulara a alta velocidad, en contradicción a lo que afirman testigos del hecho, y lo que se observa en un video de cámara de seguridad.

Molina le compró el McLaren solo dos días antes del accidente a la financiera Golden Solutions, propiedad de Alexander Iglesias.

En una visita a Diario Libre, Iglesias mostró los documentos que demuestran la venta del vehículo justamente el día del accidente.

Dijo que lo tuvo en su poder solo un mes. “El carro se entregó el miércoles y él fue a firmar la documentación ayer (jueves)”, afirmó.

Entre los documentos, también presentó un auto de descargo de responsabilidad, en caso de accidentes.

Las sanciones que establece la ley de tránsito

El fiscal Matos asevera que, en caso de que la víctima interponga una acusación por el accidente, “en un juicio, el juez va a establecer la responsabilidad de cada quien”.

Si el juez pone una indemnización por, ejemplo, por encima de un millón de pesos y el seguro solo cubre 500 mil, la otra parte deberá pagarla el dueño del vehículo, dice.

Al conductor, además de las posibles sanciones penales también podría ser pasible de una sanción civil y una multa al Estado.

“Demasiadas cosas hay que tomar en cuenta para establecer la indemnización, como el certificado médico del afectado, el tiempo de su licencia por salud, si las lesiones son permanentes o si la víctima falleció”, afirma el fiscal.

El artículo 303 de la Ley 63-17 de tránsito, en el caso del señor herido, que fue dado de alta el lunes y tiene lesiones que le tomará unos meses recuperarse, prescribe las siguientes sanciones por accidente.

En una situación de “un daño físico curable o con la imposibilidad de dedicarse a su trabajo de más de veinte (20) días pero no permanente, la sanción será de dos (2) a tres (3) meses de prisión y multa por un monto de dos (2) a cinco (5) salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado”.

En cuando a una lesión permanente, la citada ley establece una pena de tres meses a un año de prisión y multa por un monto de cinco a diez salarios mínimos.

Si en la colisión existen las circunstancias agravantes de que se produjo por la conducción a exceso de velocidad y por realizar competencias de vehículos, la pena por los daños a terceros consistirán en “la elevación del grado de punibilidad a la escala inmediatamente superior” y “multa de cien (100) salarios mínimos del que impere en el sector público.

Cuando en el accidente provoca “muerte involuntaria de una persona o más”, que afortunadamente no es el caso de la víctima del accidente de la avenida Abraham Lincoln, las penalidad implica una pena “de un (1) año a tres (3) años de prisión y multa por un monto de diez (10) a cincuenta (50) salarios mínimos”, según un párrafo del artículo 303 de la ley de tránsito.

TEMAS -

Periodista egresada de la Universidad Dominicana O&M, profesión que ejerce desde el 2004 en diferentes medios, especialmente impresos.