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Embargo retentivo
Embargo retentivo

Superintendencia de Bancos presenta observaciones a la normativa sobre embargos retentivos

Durante 2023 las cuentas embargadas involucraban depósitos que ascendían, en promedio, RD$26,600 millones al mes

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Superintendencia de Bancos presenta observaciones a la normativa sobre embargos retentivos
La Superintendencia de Bancos busca garantizar la protección de los depositantes con propuesta a Ley embargo retentivo. (FUENTE EXTERNA)

La Superintendencia de Bancos (SB) informó hoy que en 2023 el monto promedio mensual de los depósitos embargados o congelados en entidades financieras superó los 26,600 millones de pesos, distribuidos entre 157,160 cuentas en 28 entidades de intermediación financiera.

El ente regulador compartió la información a propósito de su decisión de enviar algunas observaciones sobre la legislación vigente en materia de embargo retentivo y la oposición en República Dominicana, a la oficina de la senadora Faride Raful, en su condición de miembro de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de esa cámara legislativa.

Precisó, en una nota de prensa, que el propósito del documento es procurar una mayor protección de los intereses de los depositantes y el sano funcionamiento del sistema financiero, tomando en cuenta que el uso desmesurado de estas figuras puede impactar "severamente" las finanzas particulares y colectivas de personas físicas y jurídicas.

Las propuestas del ente supervisor, elaboradas a petición del equipo de la senadora, resaltan la necesidad de establecer mecanismos que prevengan cualquier abuso y aseguren la aplicación legítima del embargo retentivo y la oposición, pues el marco jurídico actual carece de sanciones claras ante usos indebidos de estas herramientas.

Algunas de las observaciones a la legislación vigente

La Superintendencia advirtió que para lograr estas mejoras será necesario modificar aspectos contenidos en el Código Civil Dominicano, el Código de Procedimiento Civil, la Ley 834-78 que modifica el Código de Procedimiento Civil y la Ley 396-19 sobre el Otorgamiento de Fuerza Pública para llevar a cabo medidas conservatorias y ejecutorias, entre otras disposiciones.

La Consultoría Jurídica de la SB, con el apoyo de asesores nacionales e internacionales, concluyó como imperativo que la legislación sea dotada de "suficiente claridad y precisión para establecer la distinción entre oposición simple y embargo retentivo, respaldado con documentación y pruebas sólidas, así como la protección de bienes incorpóreos o intangibles".

De acuerdo con la nota, el equipo de juristas enfatizó la urgencia de revisar y actualizar la legislación vigente, identificando áreas claves para asegurar un sistema legal más equitativo, eficaz y transparente para todas las partes involucradas.

"A raíz de la opinión requerida por Raful, la SB aprovechó para estimular en el Congreso la conversación sobre un tema que se había convertido, desde hace mucho tiempo, en una tarea esencial. Para ello, se llevó a cabo la recopilación de las opiniones de diversos actores, tales como entidades de intermediación financiera, organismos del Estado, oficinas de abogados, jueces, universidades y miembros de la sociedad civil, quienes han coincidido en que se debe abordar la ambigüedad normativa que rodea la práctica del embargo retentivo y la oposición", dice.

  • Con esto se busca hacer frente a la presente situación, marcada por procedimientos judiciales prolongados y la falta de claridad en los procesos legales.

Para la elaboración de la propuesta, la Superintendencia indicó que su equipo de Consultoría Jurídica contó con la colaboración de los juristas Lucas Guzmán y Carmen Luisa Martínez, como asesores nacionales, y de Rudy Laher y Laurence Feuillard, en calidad de expertos internacionales.

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